miércoles, 9 de abril de 2014

Bruselas anula la normativa que obligaba a las compañías a conservar dos años los datos de sus clientes

La medida, tomada en 2006 para mejorar los problemas de seguridad detectados tras los atentados del 11-M, supone para Europa una «intromisión en la privacidad» del usuario

ABC

El Tribunal Europeo de Justicia de Luxemburgo ha declarado ilegal la directiva que obliga a las compañías de telecomunicaciones a mantener una copia de todas las operaciones, llamadas, correos electrónicos o mensajes de texto para su eventual utilización posterior bajo mandato judicial y que constituye una pieza clave de la lucha contra el terrorismo y el crimen organizado. La sentencia afirma que la conservación de datos que impone la Directiva no puede vulnerar el contenido esencial de los derechos fundamentales al respeto de la vida privada y a la protección de datos de carácter personal.

Aunque la directiva no permite conocer el contenido de las comunicaciones electrónicas y establece que los proveedores de servicios o de redes deben respetar ciertos principios de protección y de seguridad de los datos, el tribunal cree que el legislador de la Unión “sobrepasó los límites que exige el respeto del principio de proporcionalidad”.

Los jueces reconocen que la conservación de los datos para su posible transmisión a las autoridades nacionales competentes responde a un objetivo de interés general, es decir, la lucha contra la delincuencia grave y la seguridad pública. Sin embargo, aunque la conservación de datos que impone la Directiva puede considerarse adecuada para conseguir el objetivo que ésta persigue, “la injerencia amplia y especialmente grave de la Directiva en los derechos fundamentales de que se trata no está suficientemente regulada para garantizar que dicha injerencia se límite efectivamente a lo estrictamente necesario”.

La sentencia ha sido emitida a solicitud del Tribunal Supremo de Irlanda y el Tribunal Constitucional de Austria, que debían atender reclamaciones sobre el tema. La Comisión Europea, en una primera reacción, ha reiterado su compromiso en la lucha contra el terrorismo, pero no ha podido aclarar qué sucede con las operaciones que se llevan actualmente a cabo en todos los países y todas las compañías de telecomunicaciones para seguir acumulando los datos de las conversaciones y transmisiones de mensajes electrónicos.

La medida fue aprobada en el año 2006 a modo de respuesta a los problemas de seguridad detectados tras los atentados del 11 de marzo en Madrid en 2004 y del 7 de julio en Londres en 2005. En concreto, la directiva obliga a las operadoras a conservar los datos de tráfico y de localización, así como aquella información que permita identificar al usuario de la línea. La decisión del TJUE responde a sendas cuestiones prejudiciales presentadas desde Irlanda y Austria.


ENRIQUE SERBETO / BRUSELAS
Día 08/04/2014 - 13.17h
http://www.abc.es/economia/20140408/abci-sentencia-datos-operadoras-201404081038.html

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