La implicación del vicepresidente podemita en la acusación se apoyará en el hecho de que la protección diseñada es la de su casa en Galapagar
Claudina sale del juzgado tras ser absuelta.
02/07/2020 06:45
Las mujeres perseguidas por el ministro Fernando Grande-Marlaska por llevar banderas de España y hacer sonar el himno con un móvil ante el casoplón de Iglesias han decidido reaccionar frente a este abuso: tras ganar el juicio y lograr el sobreseimiento del caso, ahora son ellas quienes se querellan contra Pablo Iglesias por abuso de poder.
La abogada será Polonia Castellanos, de la Asociación Española de Abogados Cristianos. Y la acusación será la de detención ilegal y abuso de poder. La implicación del vicepresidente Pablo Iglesias en la acusación se apoyará en el hecho de que la protección diseñada es la de su casa y su papel como vicepresidente del Gobierno hace muy probable que haya sido él quien reclamara o permitiera personalmente ese perímetro de seguridad y ese dispositivo de protección.
Por el momento, las dos mujeres ya han ganado el juicio al que las llevó la guardia diseñada por Marlaska frente al casoplón de Iglesias. La juez titular del Juzgado de primera instancia e Instrucción número 8 de Collado Villalba (Madrid) ha dejado, de hecho, en ridículo al magistrado y ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, al absolver a Claudina y Ascensión en la causa judicial abierta por hacer sonar el himno nacional y portar la bandera de España frente al casoplón de Pablo Iglesias.
No hay delito penal en esta actuación de las dos vecinas de Galapagar, según la Justicia. Y por ese motivo hasta la acusación ejercida por el Ministerio Fiscal solicitó a la juez el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones.
En el escrito de conclusiones definitivas, al que ha tenido acceso OKDIARIO, el fiscal ha hecho referencia a la conocida como ‘Ley Mordaza’. Señala que «la Ley Orgánica 1/2015 modificó el Código Penal, dejando que este tipo de comportamiento se sancionara en la vía administrativa siendo en dicha vía donde deberán ser castigados conforme a la Ley 4/2015 de Seguridad Ciudadana».
Es decir, el Ministerio Fiscal defiende que el hecho protagonizado por las dos vecinas de Galapagar no es susceptible de ser castigado por la vía penal a través de la celebración de un juicio rápido, sino que son los propios agentes quienes deberían haber impuesto la sanción correspondiente al tipo de delito cometido.
Desobediencia
Las dos mujeres fueron imputadas por un supuesto delito de desobediencia a la autoridad, después de que el pasado lunes decidieran –como cada día– pasear por las inmediaciones del casoplón de Pablo Iglesias e Irene Montero en la urbanización La Navata de Galapagar.
Las amigas hicieron sonar el himno nacional en sus teléfonos móviles pero «debido a la escasa capacidad del volumen, apenas podía oírse», confesó Claudina.
Ascensión y Claudina fueron imputadas por desobediencia tras negarse a identificarse y cruzar el perímetro de seguridad del chalé del vicepresidente del Gobierno, Pablo Iglesias, y la ministra de Igualdad, Irene Montero, en Galapagar, según recoge la denuncia.
El atestado de su actuación ante el chalé de los líderes de Podemos describió cómo ambas mujeres se negaron a identificarse mientras «llevaban banderas España», «hacían sonar el himno de España» y criticaban el dispositivo de la Guardia Civil mientras les reprochaban que «golpeaban a compañeros suyos» en otros sitios.
El atestado relató «que siendo las 17:23 horas del presente día [29 de junio] aparece un grupo de personas conformado por cuatro individuos de sexo femenino, que las mismas se han bajado de unos vehículos y se han dirigido hacia la zona del perímetro de seguridad de la casa, cita esta en el lugar descrito anteriormente y que es la residencia del vicepresidente del Gobierno don Pablo Iglesias y la ministra del Gobierno doña Irene Montero».
La denuncia de la Guardia Civil narró «que estas personas portaban banderas de España, un paraguas con la bandera de España y que se encontraban grabando con sus terminales móviles en los aledaños de la vivienda, fuera del perímetro de seguridad».
En ese momento, los agentes se dirigieron a identificar a estas personas, «motivada esta actuación policial por encontrarse éstas próximas a un perímetro de seguridad establecido, que en ese momento una de las personas que forman el grupo se niega a identificarse ante el requerimiento reiterado de los agentes, lo que sucede en los siguientes términos: en primera instancia los agentes se dirigen a la persona y le solicitan que se identifique, negándose la mujer de forma rotunda a este hecho y alegando literalmente: ‘No te doy mi DNI porque ya lo tenéis de anteriores veces que he venido aquí, parecéis nuevos’».
Atestado
Los agentes emprendieron un segundo intento y le manifiestan: «Señora, permítanos su identificación, está usted próxima a un perímetro de seguridad», a lo que nuevamente se niega alegando que «me encuentro en la vía pública y puedo hacer lo que quiera, si queréis identificar a gente iros a la Gran Vía». Terminado este intercambio de palabras con los agentes, se marcha del lugar sin obedecer los mandatos de la autoridad para que se identifique», señaló el citado atestado.
Hubo un «tercer requerimiento» y varios más.
Hasta que Claudina y Ascensión «vuelven a caminar en dirección al muro de la vivienda, emitiendo Claudina en su teléfono móvil el himno de España y gritando ambas dos: ‘¡Viva España!’ y otros términos como: ‘¡Qué bien vivís!’, en clara alusión a los moradores de la vivienda, volviendo los agentes a tener que intervenir para garantizar la seguridad del perímetro exterior de la vivienda, volviendo a reiterar a estas personas que tienen que circular o marcharse del lugar y que no pueden insultar o increpar a la gente que vive en esa finca, siendo acompañadas de nuevo por los agentes al exterior del perímetro de seguridad».
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