La Mesa de la Cámara incumple desde hace 30 años el artículo 31.1.2 de su propio reglamento, que obliga a presentar anualmente la ejecución de su presupuesto ante el Pleno
Desde que está en vigor esta norma, el 5 de marzo de 1982, jamás se ha cumplido
Ni siquiera los propios diputados tienen acceso a los gastos del Parlamento
Desde que está en vigor esta norma, el 5 de marzo de 1982, jamás se ha cumplido
Ni siquiera los propios diputados tienen acceso a los gastos del Parlamento
El Congreso de los Diputados, sede máxima de la soberanía popular, lleva 30 años blindando sus cuentas públicas con un manto de opacidad gracias a un incumplimiento legal. El artículo 31.1.2 del Reglamento de la Cámara, vigente desde el 5 de marzo de 1982, ordena expresamente a su órgano rector, la Mesa del Congreso, presentar al Pleno al final de cada ejercicio un “informe de cumplimiento” presupuestario pero ese precepto jamás se ha cumplido en ninguna de las legislaturas.
Así lo han confirmado a eldiario.es los servicios oficiales del Congreso. Las mismas fuentes oficiales indicaron que el Congreso se plantea ahora hacer pública esa información cuando quede aprobada la Ley de Transparencia que actualmente se tramita. Pero queda sin respuesta la pregunta de por qué esperar a esa nueva ley si el Reglamento ya prevé desde 1982 el trámite de publicidad mediante informe al pleno de la Cámara. Desde el Congreso tampoco saben precisar si el artículo 31.1.2 es el único de los 207 de su reglamento que se incumple por sistema, o es que hay alguno más que tampoco se está aplicando.
La diputada socialista Teresa Cunillera ha sido miembro de la mesa en la pasada legislatura y lo es de nuevo en la actual. A preguntas del eldiario.es, Cunillera reconoce haberse enterado de la existencia de ese artículo del reglamento por la información de esta redacción y puntualiza que "avanzando tal y como están avanzando las cosas en materia de transparencia sería bueno articular mecanismos para poder darle cumplimiento a ese precepto que obliga a la Mesa a llevar a pleno la cuentas del Congreso".
De haberse cumplido el artículo sobre la presentación de informe anual, el Diario de Sesiones de la Cámara, cuyo rastreo temático no siempre es fácil, permitiría a los ciudadanos conocer al detalle en qué gastan los parlamentarios el dinero público. Para 2012, los Presupuestos Generales del Estado (PGE) asignan al Congreso 86.943.500 euros, cuyo reparto pormenorizado decide la Mesa, a la que compete asimismo controlar su ejecución. En los cuatro años de la pasada legislatura (2008-2011), las arcas públicas destinaron a la Cámara 387.594.640 euros en total.
¿Cómo se gasta ese dinero? Es casi imposible saberlo. Los PGE apenas si permiten vislumbrar el coste de los diputados, cuyas retribuciones y dietas –estas últimas exentas de tributación– figuran en dos partidas: gastos de personal (apartado de altos cargos) e “indemnización por razón de servicio”, nombre que, según los servicios del Congreso, identifica las dietas de alojamiento y manutención. Este año, esas dos partidas suman 30,08 millones, que se reparten entre los 350 diputados al Congreso.
Pero, en efecto, los Presupuestos del Estado sólo permiten vislumbrar lo que cobra por todos los conceptos un diputado: la cifra individual exacta no figura en ningún sitio. Cuando el Congreso se decidió por fin en junio de 2011 a publicitar las rentas y bienes de sus parlamentarios, optó por una fórmula que desvela todos los ingresos de cada diputado, excepto los que obtiene precisamente por su condición de diputado.
Junto con la de gastos de personal (funcionarios, eventuales, altos cargos, etc.), la partida de gastos corrientes u ordinarios más abultada posee una denominación cuyo significado real es indescifrable: “Material, suministros y otros”. Dotada este año con 19,64 millones (3,7 menos que el ejercicio previo), ahí se encuadran supuestamente los gastos en viajes y taxis.
Ni siquiera eso es seguro: el Congreso no ofrece ningún detalle que permita desglosar las cuentas por epígrafes. Si la Mesa elevara al Pleno el informe anual a que le obliga el Reglamento, habría al menos alguna pista. La cautela se impone aquí dado que el artículo 31.1.2 del Reglamento habla de informe de “cumplimiento”, pero no de “ejecución presupuestaria”, que es lo que en el argot de las cuentas públicas equivale a relato detallado y documentado de gasto por partidas y subpartidas.
No hay control sobre los viajes de los diputados
El detalle de los gastos de los parlamentarios es una incógnita. O, más exactamente, un secreto: la información sobre cómo se desagrega el presupuesto partida a partida obra en poder de la Mesa. Pero no es pública. Es más: ni siquiera está al alcance de los 341 diputados que no pertenecen al órgano rector de la institución parlamentaria.
Es imposible saber cuántos viajes paga el Congreso a sus diputados, o a qué cantidad asciende el gasto anual en taxis para desplazamientos de los parlamentarios por Madrid. Sólo se conoce que los trayectos por territorio nacional en tren, barco o avión carecen de límite normativo, así como la compensación por kilometraje en automóvil privado. Estos viajes no precisan justificación de motivos: basta con que un diputado solicite un billete para que se tramite. No existe control alguno sobre si estos viajes están justificados; no hay manera de saber si un diputado carga al presupuesto público viajes privados.
Se conoce también, porque igualmente lo especifica el Régimen Económico de los Diputados, que, de forma adicional a su sueldo y dietas, cada parlamentario sin coche oficial dispone desde mayo de 2006 de una tarjeta para taxis en Madrid con crédito anual de 3.000 euros. Sin embargo, tampoco hay manera de saber si este presupuesto se gasta en desplazamientos personales o por razones de su trabajo.
Lo que dice el reglamento del Congreso
Artículo 30. 1. La Mesa es el órgano rector de la Camara y ostenta la representación colegiada de ésta en los actos a los que asista.2. La Mesa estará compuesta por el presidente del Congreso, cuatro vicepresidentes y cuatro secretarios.
3. El presidente dirige y coordina la acción de la Mesa.
Artículo 31. 1. Corresponden a la Mesa las siguientes funciones:
1º. Adoptar cuantas decisiones y medidas requieran la organización del trabajo y el régimen y gobierno interiores de la Cámara.
2º. Elaborar el proyecto de Presupuesto del Congreso de los Diputados, dirigir y controlar su ejecución y presentar ante el Pleno de la Cámara, al final de cada ejercicio, un informe acerca de su cumplimiento.
3º. Ordenar los gastos de la Cámara, sin perjuicio de las delegaciones que pueda acordar.
Alicia Gutiérrez
- Madrid 16/09/2012 - 18:20h
Fuente: http://www.eldiario.es/politica/Congreso-incumple-reglamento-materia-presupuestaria_0_48295265.html
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