miércoles, 24 de diciembre de 2014

Pujol se escuda en la 'amnistía fiscal' de Montoro para evitar su imputación

PONE COMO EJEMPLO LA REGULARIZACIÓN DE BOTÍN

El expresidente de la Generalitat Jordi Pujol y su esposa Marta Ferrusola,iz., guardan cola en el instituto Montserrat de Barcelona (Efe)


El expresidente de la Generalitat, Jordi Pujol, quiere evitar tener que acudir a declarar ante la juez número 31 de Barcelona el próximo 27 de enero. Después de que la instructora dictara el auto de imputación, la defensa del matrimonio Pujol-Ferrusola y de varios de sus hijos ha recurrido la resolución alegando que no hay indicios de delito contra ellos. Su línea argumental versa en que la ley prohíbe precisamente lo que ha hecho la magistrada: abrir una investigación penal tras la regularización permitida desde 2012 gracias a la conocida como 'amnistía fiscal' del ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro.

Su defensa explica en un escrito, al que ha tenido acceso El Confidencial, que cuando el Gobierno aprobó la 'amnistía fiscal' se dejó claro que los bienes regularizados no serían objeto de una investigación por delito fiscal. Únicamente se podría iniciar un proceso penal por delito de blanqueo de capitales, siempre que el delito antecedente (es decir, por el que se ha obtenido el dinero blanqueado) no sea el delito fiscal. En este punto, el abogado Cristóbal Martell recuerda que la juez de Barcelona únicamente investiga a la familia Pujol por delito fiscal y blanqueo de capitales. Por lo tanto, con la ley en la mano, impediría tener abierta esta investigación.

A esto añade que, con los datos enviados por la Banca Privada de Andorrasobre las cuentas de la mujer de Pujol, Marta Ferrusola, y de varios de sus hijos, queda comprobado que no ha habido ningún incremento de patrimonio desde el año 2002, lo que llevaría a la prescripción del delito fiscal que se está investigando.El expresidente catalán, Jordi Pujol (Efe)

La instructora señalaba en su auto de imputación que la regularización de Ferrusola y algunos de sus hijos -Pujol no tiene cuentas en el extranjero, según afirma su defensa- por sí misma resulta sospechosa de infracción penal “por cuanto la ocultación de un patrimonio en el extranjero, aun sin conocer el importe, titularidad origen o gestión del mismo, lleva a pensar en la comisión de un delito contra la Hacienda Pública, lo que obliga a comprobar si la mencionada regularización se realizó correctamente, e incluso si hay delito de blanqueo de capitales de no puede esclarecerse el origen de dichos fondos”.

En otra resolución, la magistrada señalaba que, aunque la versión de la herencia era sospechosa, por ahora no hay ningún indicio que apunte como el origen de los fondos las comisiones ilegales pagadas por empresarios como contraprestación de adjudicaciones por parte de la Generalitat, y rechazó, hasta la aparición de nuevas pruebas, todas las querellas que iban en este sentido.

La ley les blinda ante una investigación penal

Esta sospecha es rechazada por la defensa de Jordi Pujol desde el momento que el Ejecutivo aprobó la Ley Orgánica 7/2012 para traer dinero de españoles en el extranjero garantizándoles que no iban a ser objeto de persecución penal.

Lo único que está pendiente es que la Agencia Tributaria confirme que la regularización se ha hecho de manera correcta. Una vez entregue ese certificado, no habría nada más que investigar, según recoge el escrito.

Su letrado pone de ejemplo la regularización realizada por Emilio Botín cuando se descubrió que tenía dinero en Suiza procedente de una herencia, como el propio Pujol alegó. La Audiencia Nacional abrió un proceso y en cuanto la Agencia Tributaria confirmó que la regularización era adecuada, el caso quedó sobreseído sin llegar a imputar a ningún miembro de la familia del banquero fallecido.

Foto de archivo de la Familia Pujol (Efe)

“Que el Juzgado resuelva la imputación por delito fiscal y blanqueo sin esperar a las conclusiones de la Agencia Tributaria nos parece no sólo disonante respecto a otros asuntos con igual relevancia mediática, sino que subvierte, al invertirlo, el modelo institucional de protección de los ingresos de la Hacienda pública, pues toma como indicio una hipótesis en curso de confirmación, sin más apoyo que el dato objetivo de regularización de fondos sitos en el extranjero”, destaca.

“El proceso no puede ser bastardeado”

Lo único que no permite la ley es que el dinero se regularice cuando ya hay un proceso penal abierto; pero en caso de los Pujol, se produjo antes de que el expresidente catalán confesara públicamente que su familia había guardado desde los años ochenta una herencia que su padre les dejó.

“Imagínese que alguien declara extemporáneamente, en 2014, la titularidad (modelo 720) de un inmueble en el extranjero valorado en varios millones de euros, que consta fue adquirido a su nombre de modo fehaciente (escritura pública e inscripción registral) en el año 1970, aunque no puede probar que se adquirió con rentas que tributaron en su día. ¿Significa que ahora renace un delito fiscal -por cierto inexistente en el momento de cometerse los hechos-? El disparate no es menor si cambiamos inmueble por capitales que han permanecido en poder de sus titulares en cuentas en el extranjero”, recoge el escrito.

Para Pujol, la juez ha abierto el proceso sin tener indicios de delito. “El proceso penal no puede ser bastardeado para llevar a término una investigación prospectiva o pesquisa general enfilada a confirmar a posteriori conclusiones que se afirman de modo genérico e impreciso sin el apoyo en fuentes de prueba indiciarias sobre hechos singulares, históricamente acotados y circunscritos, que conformarían las tipicidades posibles”, destaca.

http://www.elconfidencial.com/espana/2014-12-23/pujol-se-escuda-en-la-amnistia-fiscal-de-montoro-para-evitar-su-imputacion_599888/#

1 comentario:

  1. Hay que ser sinvergüenza y tener ls cara como una roca,¿ y los 34 años "pasando de hacienda?,,que somos todos, unos más que otros y encima presidente de una comunidad autonoma,que asco da él y su familia......

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