viernes, 18 de diciembre de 2020

El Tribunal Supremo ordena seguir Investigando la Gestión del Coronavirus por parte del Gobierno


LORETO OCHANDO
17/12/2020 23:27

El Tribunal Supremo ha emitido un auto ordenando que se investiguen varias de las querellas presentadas contra el Gobierno por la gestión del Coronavirus pero en juzgados ordinarios. Sin embargo, desde el Alto Tribunal han decidido no centrar en ningún ministro, ni en el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, la investigación, por lo que enviarán las querellas a los juzgados competentes, como adelantó El Mundo.

El Alto Tribunal desoye, con esta decisión, la petición del teniente fiscal del Supremo, Luis Navajas, quien solicitó el archivo de las mismas. Junto a Navajas, en la elaboración del informe colaboraron el fiscal de Sala Jefe de lo Penal del Tribunal Supremo, Juan Ignacio Campos y la fiscal de Sala Delegada en materia de Tutela y Protección de los intereses de las Víctimas en el proceso penal, Pilar Fernández Valcarce.

El Alto Tribunal no solicitará que se investiguen las más de 20 querellas, sino aquellas que afectan a la compra de material defectuoso, los test ‘fake’ y la falta de material sobre todo para los sanitarios en la primera ola de la pandemia, así como a las muertes en residencias de la tercera edad. Aspectos, todos ellos, sobre el que ya se ha pronunciado condenando al Gobierno en la vía Contencioso-Administrativo y sobre los que ya hay investigaciones abiertas en otros juzgados.

Así, no se descarta que las querellas vuelvan al Tribunal Supremo, ya que si la investigación de otros juzgados acaba apuntando a alguien del Gobierno, ese juzgado debería devolver la causa al Alto Tribunal por el aforamiento de los implicados. Pero también cabe la posibilidad de que la investigación apunte solo hacia el segundo y tercer escalón, es decir, aquellas personas que firmaron la compra del material o que no dotaron del mismo a los sanitarios.

Los magistrados señalan que cuando las diligencias que practiquen esos juzgados evidencien la existencia de indicios de responsabilidad contra algún aforado, «será el momento de que el juez de instrucción, en su caso, eleve una exposición razonada sobre ellos al Supremo».

El auto

En un auto, del que ha sido ponente el presidente de la Sala, Manuel Marchena e integrada por los Magistrados Juan Ramón Berdugo, Antonio del Moral, Pablo Llarena y Vicente Magro, se comienza precisando que su examen se ciñe exclusivamente a los hechos imputados a los aforados ante dicha Sala II mencionados en las denuncias y querellas: el presidente del Gobierno, los vicepresidentes y el resto de ministros, los magistrados del Tribunal Constitucional y del Supremo, el Defensor del Pueblo, y la presidenta de la Comunidad de Madrid. 

Recuerda al respecto que el TS no es el órgano llamado ordinariamente a investigar hechos penales, sino sólo excepcionalmente a las personas aforadas, para no sustraer las investigaciones de su ámbito primario natural.

El auto analiza pormenorizadamente cada uno de los delitos atribuidos en las querellas y denuncias, como el de homicidio y lesiones imprudentes; delito contra el derecho de los trabajadores; prevaricación y malversación de caudales públicos. Entre los hechos denunciados destacaban que se hubiese permitido las concentraciones masivas y manifestaciones como la del 8-M días antes de la declaración del estado de alarma, y que no se hubiesen facilitado a los profesionales sanitarios o de las fuerzas de Seguridad del Estado equipos de protección adecuados.

En relación a los delitos reprochados a los aforados en general, la Sala recuerda que la responsabilidad penal es estrictamente personal y que la imputación puede ser especialmente compleja cuando la supuesta acción delictiva tiene lugar en el marco de una organización o estructura compleja y jerarquizada, como ocurre en el caso presente, en que la práctica totalidad de los querellados forman parte de una estructura administrativa o jurisdiccional.

“Esta complejidad no exime, desde luego, de realizar el juicio de autoría cuando así quede acreditado. Pero, en ningún caso, puede desembocar en atribuciones objetivas de responsabilidad por el mero hecho de la posición o cargo que una persona concreta ostente en la organización, por muy alto que este sea. De hacerlo así vulneraríamos de manera flagrante el principio de culpabilidad”, indica.

Bronca

La decisión no deja en buen lugar al teniente fiscal, quien en una entrevista con OKDIARIO llegó a decir, refiriéndose a sus compañeros fiscales de Sala del Procés, llegó a decir: «que cuando estamos trabajando en un tema un compañero al tomar café te diga: «Oye Luis, pues esto no me ha gustado», pero que se vayan a los medios de comunicación a ponernos como hoja de Perejil, como decía mi padre a ponernos verde, y a atribuirme a mí el desprestigio que se está causando a la carrera fiscal, eso ya es…».

Y sobre aquellos que criticaban que no hubiera convocado una junta de fiscales aseveró: «Es indefendible, que aun no convocando esa Junta de Fiscales de Sala, estando el guiso por cocinar, me vengan los fiscales de Sala que han sido compañeros míos hasta antes de ayer a ponerme verde y no dar la cara». Y apostilló: «A mí me da igual, voy a ponerle a muchos la cara colorada y en su sitio».

Pero pese al enfado de Navajas, la decisión del Tribunal Supremo da la razón a aquellos fiscales de Sala del Supremo que sí que creían no solo que se debía haber convocado la junta de fiscales, sino que en varias de ellas había serios indicios de delito y, por tanto, se debía seguir con la investigación más a fondo.

https://okdiario.com/espana/tribunal-supremo-ordenara-seguir-investigando-gestion-del-coronavirus-parte-del-gobierno-6591354

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