La reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal incorpora a la legislación española permitirá a partir de ahora a la Policía, bajo orden judicial, recabar pruebas en la investigación de un delito a través de agentes encubiertos en Internet o la instalación de troyanos por parte de la policía para interceptar comunicaciones de todo tipo de dispositivos, ncluidas conversaciones de Whatsapp o correos electrónicos.
Repasamos cómo afecta la nueva legislación a Internet.
El Gobierno consigue aprobar, a solo dos meses de las elecciones generales del 20 de diciembre, una importante reforma en materia judicial a través del Congreso de los Diputados que en teoría permitirá a las autoridades judiciales "ser más eficaces en la persecución de un delito", aunque muchos han etiquetado la reforma como la Ley Torquemada y la señalan como una extensión de la Ley Mordaza.
Las enmiendas introducidas tras su paso por el Senado han rebajado el nivel de críticas, pero todavía existen algunos aspectos conflictivos. "Se ha rebajado bastante el nivel de vulneración de la intimidadque había en los proyectos de ley", resume Carlos Sánchez Almeida abogado especializado en Derecho de internet y delitos informáticos.
Agente encubierto informático
Uno de los aspectos que más polémica había generado alrededor de la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal era la figura del agente encubierto informático, que en el borrador de la ley tenía potestad para intercambiar archivos ilícitos por sí mismo. La reforma aprobada por el Congreso exige disponer para ello de una autorización específica, lo que deja las actividades bajo un cierto control judicial."Habrá que ver si se facilita toda la información al juez en cada caso ya que sigue habiendo un peligro de incitación al delito", comenta Sánchez Almeida, que recuerda varios casos en los que personas han sido acusadas de descargar pornografía infantil cuando habían realizado las descargas de manera no intencionada, quedando absueltas años después bajo sentencia judicial.
¿Qué delitos puede investigar la policía con agentes encubiertos en Internet?
La reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal obliga a actuar en este caso bajo una autorización especial a la hora de intercambiar o enviar archivos ilícitos, lo que tendrá que decidir el juez caso por caso.
Instalación de troyanos, escuchas telefónicas y Whatsapp
La reforma permite la utilización de claves, códigos y software de vigilancia como troyanos en todo tipo de dispositivos electrónicos sin que el titular tenga conocimiento de que están siendo examinados. Para ello también es necesaria la autorización del juez, pero el ámbito de aplicación resulta muy amplio, excesivo para algunos expertos. En concreto, el nuevo texto habla de cinco presupuestos.
Delitos cometidos en el seno de organizaciones criminales.
Delitos de terrorismo.
Delitos cometidos contra menores o personas con capacidad modificada judicialmente.
Delitos contra la Constitución, de traición y relativos a la defensa nacional.
Delitos cometidos a través de instrumentos informáticos o de cualquier otra tecnología de la información o la telecomunicación o servicio de comunicación.
Ese último punto actúa como una especie de cajón de sastre donde cabe todo. "Ponemos al mismo nivel delitos de multa como pueden ser las injurias realizadas por Twitter con delitos graves de 20 años de prisión, es una barbaridad", reflexiona Sánchez Almeida, que plantea otra duda al respecto del uso de troyanos por la policía.
"¿Quién va a auditar ese software? ¿Hasta dónde va a llegar la invasión a la privacidad? En la ley no queda claro, habría que desarrollarlo a través de otra ley orgánica", apunta.Este punto de la reforma, bautizado como "registro remoto sobre equipos informáticos" también incluye a las escuchas con autorización judicial, que pueden resultar en la interceptación de conversación de Whatsapp. El texto deja en manos del juez la ponderación del conflicto con la vulneración a la intimidad.
"La valoración del interés público se basará en la gravedad del hecho, su trascendencia social o el ámbito tecnológico de producción, la intensidad de los indicios existentes y la relevancia del resultado perseguido con la restricción del derecho", dice el texto.
Deber de colaboración
"La reforma pone en estado de excepción a todo el sector de Internet en España, todo el mundo tiene que colaborar", alerta Sánchez Almeida sobre uno de los aspectos que ha pasado casi de puntillas para la opinión pública y, sin embargo, planteará una situación muy difícil a muchas empresas a corto y medio plazo.
Deber de colaboración
"La reforma pone en estado de excepción a todo el sector de Internet en España, todo el mundo tiene que colaborar", alerta Sánchez Almeida sobre uno de los aspectos que ha pasado casi de puntillas para la opinión pública y, sin embargo, planteará una situación muy difícil a muchas empresas a corto y medio plazo.
La reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal obliga a "facilitar a los agentes investigadores la colaboración precisa para la práctica de la medida y el acceso al sistema",lo que se traduce en que proveedores de todo tipo de servicios de Internet entre los que se incluyen una app o un servicio de hosting tienen la obligación facilitar a la policía todo tipo de datos sobre sus clientes bajo una orden judicial, guardando además secreto acerca de esas actividades, o de lo contrario podrían incurrir en un delito de desobediencia.
La obligación de colaborar va mucho más allá porque no solo atañe a los dueños de estos servicios, sino tal y como está redactada la ley a cualquier persona -salvo el encausado- que conozca el funcionamiento del sistema informático investigado por la policía. Almeida recomienda establecer protocolos de actuación y de precaución para determinado tipo de webs como las páginas de enlaces, que podrían verse afectadas por este punto.
¿Tendrán que facilitar las empresas entonces claves y contraseñas de usuarios? "Si no hay un auto judicial hay que ser muy cauto, porque se podría llegar a actuar contra derechos fundamentales", puntualiza el abogado especializado en Derecho de Internet, que recomienda llevar a cabo auditorías de compliance ya que las empresas con el nuevo código penal pueden ser consideras responsables penalmente de todo tipo de delitos informáticos si no adoptan medidas de control y prevención.
Además de introducir la instalación de troyanos, las escuchas de Whatsapp o la utilización de policías encubiertos en Internet la nueva Ley de Enjuciamiento criminalincorpora otras novedades como los límites en la instrucción judicial, el troceo de las macrocausas o la eliminación de la figura del imputado. Pero a muchos les preocupa los supuestos genéricos que abren la veda a la criminalización de Internet según denuncia la Plataforma de la Libertad de la Información.
Víctor Pérez
lun, 05 oct 2015 09:09 UTC
No hay comentarios:
Publicar un comentario