Mossos Esquadra con uniforme de gala rinden honores. (Foto: AFP)
Okdiario . 10/11/2015
La policía autonómica catalana deberá prestar estar vigilante ante cualquier comportamiento de personas no aforadas que participen en actos independentistas y contrarios a la Constitución.
Las penas por el delito de sedición pueden alcanzar entre 10 y 15 años de prisión.
El fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, ha ordenado a los Mossos d’Esquadra, a la Policía Nacional y a la Guardia Civil que actúen si en el proceso independentista catalán se produjera un delito de sedición, ya que encajaría dentro de los “delitos contra la forma de Gobierno”, competencia de este tribunal.
Esta orden viene motivada porque la Audiencia Nacional seríacompetente para actuar contra las personas no aforadas, con lo que quedarían fuera los diputados autonómicos y miembros del Consejo de Gobierno de la Generalitat, que serían investigados en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y, en su caso, el Supremo.
A quién sí afecta esta resolución sería a cualquier persona que no participara en estos actos independentistas, como podrían ser “otras autoridades, funcionarios públicos o particulares”.
La Audiencia Nacional podría ejercer su competencia en este caso si se ejecutan “actos constitutivos de rebelión y sedición cuando la finalidad o el propósito de los mismos sea cambiar ilegalmente la organización territorial del Estado y declarar la independencia de una parte del territorio nacional, en el caso en cuestión de la Comunidad Autónoma de Cataluña”.
Según Zaragoza, los actos que persigan ese fin violan la Constituciónporque “se ejecutan con el propósito de cambiar ilegalmente la organización del Estado” y las fuerzas de seguridad deberán actuar desde el momento en que el Tribunal Constitucional invalide la resolución independentista aprobada ayer en el Parlament catalán, ya que solo entonces quedaría certificada su ilegalidad.
Este delito de sedición —penado con entre 10 y 15 años de prisión— podría conllevar también, avisa el fiscal jefe, los de prevaricación, desobediencia, usurpación de atribuciones y el uso indebido de fondos públicos, que serían competencia de la Audiencia Nacional como delitos conexos.
Además, Zaragoza recuerda que en el caso del delito de sedición se sanciona asimismo “la conspiración, la proposición y la provocación”para cometerlo, y añade que no es necesario que se emplee “fuerza o violencia” para incurrir en él, sino solo el hecho de “impedir la aplicación de las leyes y el normal funcionamiento de las instituciones”.
El fiscal jefe menciona en el escrito, de once páginas, otros delitos contra las instituciones del Estado —competencia de la Audiencia Nacional— que “presumiblemente pueden ser cometidos en el curso de este ilegal proceso independentista”, como invadir con fuerza la Asamblea Legislativa, alterar su funcionamiento e impedir a sus miembros acudir a sus sesiones.
Similares casos ocurrirían si se injuria, se amenaza o se invade de forma violencia instituciones como el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma, el Tribunal Constitucional, el Supremo o el CGPJ, o a las propias fuerzas de seguridad del Estado.
Así, el fiscal jefe ordena a las distintas fuerzas de seguridad del Estado y a los Mossos que si conocen de algún hecho delictivo elaboren un informe o atestado con los datos de “ejecución, autoría, participación, circunstancias concurrentes” y lo remitan a los juzgados de instrucción de la Audiencia Nacional.
Además, les manda practicar “las diligencias necesarias para acreditar los hechos delictivos y determinar las responsabilidades penales exigibles”.
Concretamente, se dirige al secretario de Estado de Seguridad, a la delegada del Gobierno en Cataluña, al comisario general de Información de la Policía Nacional, al jefe superior de la Policía de Cataluña, al general jefe del Servicio de Información de la Guardia Civil, al general jefe de la Séptima Zona de la Guardia Civil, el director general de la Policía de la Generalitat y al comisario general de los Mossos.
http://okdiario.com/espana/cataluna/la-fiscalia-ordena-a-los-mossos-que-actuen-ante-posibles-delitos-de-sedicion-20573
Los servicios públicos catalanes corren peligro tras el golpe de estado del Parlament
Lorenzo Ramírez . 10/11/2015
Las empresas que trabajan con el sector público catalán afirman que la resolución de independencia aprobada en el Parlament pone en peligro la prestación de servicios públicos esenciales en materia de sanidad, educación e infraestructuras, entre otros.
Sala de espera de un hospital en Barcelona. (Foto: David Ramos/GETTY)
La declaración aprobada en el Parlament, que establece el proceso de creación de un estado catalán independiente, tendrá efectos inmediatos sobre todo tipo de servicios públicos. La letra pequeña de la resolución incluye un artículo que establece que “el futuro Gobierno catalán impulsará la renegociación de todas las financiaciones estructuradas”.
Según las empresas que trabajan con el sector público regional esto“pone en peligro” la prestación de los citados servicios esenciales, ya que supone “una revisión de la deuda que afecta a aquellas financiaciones que van asociadas” a los equipamientos socio-sanitarios, deportivos, de seguridad, todo tipo de servicios municipales, culturales y educativos.
"Supone una revisión de la deuda que afecta a aquellas financiaciones que van asociadas a equipamientos socio-sanitarios, deportivos, de seguridad, culturales y educativos"
Además, la resolución “deja en el aire los contratos y concesiones de grandesinfraestructuras que prestan servicios de movilidad y comunicación”.
Según advierte la Cámara que representa los intereses del sector (CCIES) “el mandato supone un incumplimiento unilateral del contrato del Gobierno de la Generalitat con el prestador del servicio público, y que inevitablemente generará el incumplimiento de éste con su ente financiador, ya sea de ámbito nacional, europeo o internacional”. Es decir, que la decisión del Parlamento pone en tela de juicio la solvencia de las empresas que trabajan con la Administración.
Las compañías señalan que el alcance de esta medida “llegaría a todo tipo de prestación de servicios”, ya sean suministrados por una multinacional, una empresa de gestión, una cooperativa, o cualquier compañía que realice proyectos de colaboración público-privada (en régimen de concesión, de precios públicos autorizados u otros tipos de regulación administrativa).
CCIES indica que la resolución “podría suponerle al futuro Gobierno de la Generalitat una judicialización de las consecuencias del mandato encomendado, así como un cierre del acceso a financiación internacional y un desprestigio de magnitud y duración inimaginable”.
http://okdiario.com/economia/cuentas-publicas/los-servicios-publicos-catalanes-corren-peligro-tras-el-golpe-de-estado-del-parlament-20574
No hay comentarios:
Publicar un comentario