06/05/201906:50
Begoña Gómez no pasó desapercibida en la visita a Nueva York que realizó a finales del pasado mes de septiembre junto a su marido y presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. Un apretada agenda, repleta de desplazamientos, comidas, visitas y cambios de ropa plagó por aquel entonces la prensa, asombrada entre otras cuestiones por un llamativo vestido del diseñador Delpozo de 2.300 euros.
Pero los sistemas de control se han activado y han reclamado la justificación y cuantificación de los gastos ocasionados por la presencia de la segunda dama. Es más, han exigido el detalle de si ese viaje sólo ha servido a fines públicos o ha albergado gestiones de índole privada.
Y la respuesta ha sido la opacidad más absoluta: Moncloa se niega a dar los datos bajo un argumento un tanto drástico y exagerado: “Secreto oficial”. Una justificación que se apoya nada menos que en una ley franquista de 1968.
Los documentos en poder de OKDIARIO y tramitados por medio del Consejo de Transparencia revelan que, efectivamente, el muro de Moncloa para frenar cualquier atisbo de la pretendida trasparencia ha sido la “Ley de Secretos Oficiales”, una ley firmada por Franco a finales de los años sesenta, con la que Presidencia se ha negado a facilitar ni la más mínima información sobre la agenda de Begoña Gómez y los gastos sufragados con dinero público provocados por ese viaje a EEUU.
La solicitud de datos, fruto del control legal habitual, reclamaba la cuantificación de los gastos de vestuario, desplazamientos, seguridad, manutención y hospedaje. Y la contestación de Moncloa ha sido remitir a un enlace a la web oficial de La Moncloa en la que sí se hace mención a los actos de Sánchez, pero no de su esposa y ni siguiera en el día solicitado.
Además, respecto a los gastos ocasionados por Begoña Gómez, el informe oficial de Presidencia del Gobierno señala que “su esposa, al igual que el resto de miembros que acompañaron al presidente, no viajaron a título personal, sino que formaba parte de una comitiva oficial”, añadiendo que los gastos de desplazamiento no se pueden individualizar, ya que se imputan por la totalidad.
Sin embargo, lo cierto es que, en caso de tratarse de gastos públicos y de agenda pública, la Ley de Transparencia y de Altos Cargos, exige el detalle de esos gastos y agenda.
La resolución del Consejo de Transparencia, además, no descarta, en contra del criterio mantenido por el equipo de Sánchez, que existan actos de la ‘primera dama’ de contenido privado. Y es que la ausencia de información impide descartar este punto.
Es más, señala que Moncloa sí debe informar de ello:“En relación a los actos privados que, eventualmente, hayan tenido lugar y que hayan implicado un uso de fondos públicos, tampoco parece, a juicio de este Consejo, que sea información ajena al ejercicio de las funciones de un organismo público a que se refiere el art. 13 de la Ley de Transparencia (LTAIBG).
Y ello por cuanto los encargados de prestar el servicio de desplazamiento o de seguridad sí están ejerciendo las funciones que tienen encomendadas”, señala el organismo encargado de velar por la Transparencia.
Hay que recordar que esta visita, además, condice semanas después de que la mujer del presidente acabase de firmar con el Instituto de Empresa un contrato privado, lo que hace especialmente necesaria la transparencia para evitar el uso de gestiones y medios públicos con fines privados.
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