viernes, 3 de abril de 2020

Sánchez Prohíbe los Test en los casos «probables» Incumpliendo De Nuevo las Directrices de la OMS

CON MÁS DE 10.000 MUERTOS POR CORONAVIRUS

Sólo se harán a quienes pertenezcan al grupo de personal sanitario sociosanitario y al de servicios esenciales

Fabricantes chinos de test coronavirus los han distribuido sin licencia

03/04/2020 06:48

Pedro Sánchez desoyó las exigencias de la OMS realizadas a partir del 30 de enero. Y ahora, con más de 10.000 muertes por coronavirus, vuelve a hacerlo por la imprevisión de no haber comprado a tiempo los test de detección.

 La OMS determina los colectivos de «vigilancia» e incluye entre ellos a todo «paciente con alguna enfermedad respiratoria aguda y que haya estado en contacto con un caso Covid-19 confirmado o probable en los 14 días previos al inicio de los síntomas», tal y como recoge el documento de la organización fechado el pasado 20 de marzo.





El Ministerio de Sanidad acaba de actualizar el 31 de marzo sus requisitos para realizar los tests y restringe claramente ese colectivo con respecto a lo pedido por la OMS. Según el Gobierno español, de ese grupo, sólo se harán test a los que pertenezcan «a alguno de los siguientes grupos:

(a) personal sanitario y sociosanitario,
(b) otros servicios esenciales”.

El resto de la población se queda fuera.

Nuestro problema inicial fue la falta de test masivos para aislar los focos de contagio. Lo fue por no dar importancia al coronavirus, tal y como alertaba la OMS. Y, ahora, volvemos a incumplir las recomendaciones de la OMS por la falta de material de diagnóstico y prevención.



El Ministerio de Sanidad ha actualizado sus protocolos contra el Covid-19 el pasado 31 de marzo. Allí recoge sus «Indicaciones para la realización del test diagnóstico para la detección del nuevo coronavirus (SARS-CoV-2)».

En primer lugar, el Gobierno reconoce ahí que estamos en «un escenario de transmisión comunitaria sostenida generalizada». 

Y señala que, en ese contexto, «se debe realizar la detección de infección por SARS-CoV-2 en las siguientes situaciones».

En primer lugar a toda «persona con un cuadro clínico de infección respiratoria aguda que se encuentre hospitalizada o que cumpla criterios de ingreso hospitalario. Y, en segundo lugar, a toda «persona con un cuadro clínico de infección respiratoria aguda de cualquier gravedad que pertenezca a alguno de los siguientes grupos:

(a) personal sanitario y sociosanitario,
(b) otros servicios esenciales”.

Es decir, no para todos los incluidos en este segundo grupo. Es más, a lo sumo, «se podrá considerar la realización del test diagnóstico en personas especialmente vulnerables o residentes en instituciones cerradas que presenten un cuadro clínico de infección respiratoria aguda independientemente de su gravedad, tras una valoración clínica individualizada», porque, como señala de forma expresa y rotunda, «no se realizará el test diagnóstico de rutina a aquellas personas que presenten infección respiratoria aguda leve no incluidas en los supuestos anteriores».

Recomendación

Esa recomendación no es la de la OMS. La Organización Mundial de la Salud amplía este segundo colectivo. Lo hace en su documento «Vigilancia global de Covid-19 causada por infección humana con el virus COVID-19» emitido el 20 de marzo.


Ese documento de la OMS, junto con «la guía de la OMS sobre preparación y respuesta recomienda encarecidamente la búsqueda activa de casos y las pruebas, así como el seguimiento de contactos en todos los escenarios de transmisión».

Pero, además, aclara de forma expresa que «los objetivos de la vigilancia global son […]: 2. Detectar rápidamente nuevos casos en países donde el virus no está circulando, y monitorizar los casos en países donde el virus ha comenzado a circular. 3. Proporcionar información epidemiológica para realizar evaluaciones de riesgos a nivel nacional, regional y global».





Con ese fin, establece los «casos de vigilancia», entre los que incluye a los pacientes «con alguna enfermedad respiratoria aguda y que hayan estado en contacto con un caso Covid-19 confirmado o probable en los últimos 14 días antes del inicio de los síntomas», sean del colectivo profesional que sean.

La definición de contacto para la OMS incluye toda persona que haya estado «cara a cara con un caso probable o confirmado en un espacio de un metro por más de 15 minutos», o que haya tenido «contacto físico directo con un caso probable o confirmado”, o que haya atendido a un paciente «con enfermedad covid-19 probable o confirmada sin usar la protección personal adecuada».

Pero, eso sí, la OMS, asume situaciones como la de España: la de que no haya material. La de la falta de aprovisionamiento de test. Por eso señala expresamente que «es posible que los países necesiten adaptar las definiciones de casos en función de su situación epidemiológica local y otros factores». Factores como, por ejemplo, no haber comprado tests a tiempo.


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